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Preguntas Frecuentes

La revisión periódica obligatoria (RPO), es una inspección que realizan los organismos acreditados por el organismos nacional de acreditación (ONAC), en donde se verifica el adecuado funcionamiento de la instalación interna de gas de los usuarios, dentro de un plazo mínimo de 4 años y 7 meses, máximo de 5 años, cumpliendo con las normas y reglamentos técnicos de acuerdo con la resolución 067 de 1995 de la comisión de regulación de energía y gas ( CREG), modificada por la resolución CREG 059 de 2012.

La RPO se realiza en periodos de 55 a 60 meses, contados desde la puesta en servicio de la instalación o desde la última revisión periódica obligatoria que se realizó. La fecha de vencimiento de esta revisión la encuentra en su factura.

Si en el resultado de la revisión se evidencian los siguiente hallazgos:

a. Defectos críticos: El distribuidor suspende el servicio, ya que comprometen la seguridad de las personas.

b. Defectos no críticos: El usuario debe tener máximo dos meses para corregir los defectos y realizar una nueva inspección SIN COSTO, con la cual el organismo de inspección notifique a la distribuidora que la instalación es segura.

Si, esto se realiza por seguridad. De acuerdo a lo establecido en la resolución CREG 067 de 1995 y la resolución MME 90902 de 2013, la suspensión preventiva aplica para las siguientes situaciones:

a. Cuando se cumple el plazo máximo de 5 años para la revisión periódica obligatoria de acuerdo con el numeral (viii) del numeral 5.23 de la Resolución CREG 067 ( modificado por el Art. 9 de la Resolución CREG 059 de 2012): “Si diez (10) días calendario antes de cumplirse el Plazo Máximo para la Revisión Periódica Obligatoria el distribuidor no ha recibido el certificado de conformidad, deberá informar al usuario de su ausencia, y le concederá cinco días calendario para allegarlo, so pena de suspenderle el servicio (…) Surtido lo anterior sin que la instalación cuente con el Certificado de Conformidad, o en el evento que éste no sea auténtico, el distribuidor procederá a la suspensión del servicio

b. Cuando se evidencian defectos críticos.

c. Cuando se evidencian defectos no críticos que no han sido arreglados durante el tiempo establecido.

Si, cuando lo desee puede solicitar una revisión de manera preventiva de la instalación interna de gas, como por ejemplo, si cambia el lugar donde vive y desea saber si la instalación interna del gas es segura.

El proceso para dar respuesta a las PQRS (Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias) es el siguiente:
  1. Recepción y Registro: Se recibe la solicitud y se registra en el sistema en un plazo de 0 a 1 día hábil.
  2. Evaluación y Análisis: Se evalúa la información proporcionada y se analiza el caso en un periodo de 1 a 3 días hábiles.
  3. Investigación y Resolución: Se realiza la investigación necesaria y se prepara la solución o respuesta en un lapso de 3 a 10 días hábiles.
  4. Comunicación de la Respuesta: Se entrega la respuesta al usuario, con un plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción inicial.
  5. Seguimiento y Mejora Continua: Se realiza un seguimiento permanente para verificar la satisfacción del usuario y ajustar procesos internos según las lecciones aprendidas.